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Poder especial para matrimonio

El poder especial para matrimonio es el trámite que realizan tanto extranjeros como cubanos para autorizar a una tercera persona a actuar en su nombre y contraer matrimonio en Cuba ante la autoridad competente.

aviso

Este es un trámite personal. El apoderado no podrá fungir como testigo.

Requisitos para presentar

  • Pasaporte cubano vigente y fotocopia de la primera página donde aparecen los datos.
  • Si tuviese, presentar también el carnet de identidad cubano.
  • Fotocopia de ambas caras del documento de identidad del apoderado.
  • Fotocopia de ambas caras del documento de identidad del futuro cónyuge.
  • Planilla de inscripción consular.
  • Planilla de solicitud de Poder especial para Matrimonio.

Información que debe conocer

Debe tener a mano, tanto del poderdante, del apoderado y del novio o novia:

  • Edad.
  • Número de identidad.
  • Ciudadanía.
  • Municipio y provincia de nacimiento.
  • Ocupación.
  • Dirección en Cuba.

Costo del trámite

TrámiteCosto
Poder especial para matrimonio6.000,00 pesos uruguayos

Información de pago

Los trámites consulares:

  • Se cobran solo en pesos uruguayos.
  • Se pagan en la cuenta corriente en pesos 506871 de la Embajada de Cuba, sucursal del Banco de la Nación Argentina en Uruguay.
  • Admiten transferencia bancaria, Red Pagos y Abitab.
  • En Red Pagos y Abitab, el depósito debe hacerse antes de las 17:00 hrs y anteponiendo un 0 al número de cuenta.
  • El pago debe hacerse luego de recibir la confirmación de la cita consular.
  • Se debe solicitar el recibo original e impreso para presentarlo en el Consulado.
  • Si el trámite se realiza a nombre de otra persona, también debe abonarse el trámite no personal.

Antes de ir al Consulado

Se recomienda revisar previamente los datos de contacto y horarios del Consulado para confirmar la cita y verificar cualquier actualización.

Información sujeta a cambios

La información de esta página fue extraída de los materiales oficiales del Consulado de Cuba en Uruguay. Los requisitos y costos pueden actualizarse sin previo aviso.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el poderdante?

El poderdante es la persona que otorga el poder y autoriza a otra a actuar en su nombre.

¿Qué es el apoderado?

El apoderado es la persona que recibe la autorización para actuar en nombre del poderdante.

Después de emitir el poder, ¿necesito hacer otro trámite?

Depende del lugar donde vaya a presentar el documento. Si lo va a usar en Cuba, normalmente después de emitido debe seguir el trámite de legalización correspondiente para que tenga validez allí.

Si voy a usar el poder en Cuba, ¿debe pasar por el Ministerio de Justicia?

Sí. Para usarlo en Cuba, debe pasar por el Ministerio de Justicia y legalizarlo antes de presentarlo.

¿Necesita ayuda para preparar este trámite?

Puedo ayudarle a organizar la documentación, revisar planillas y dejar lista la gestión antes de la cita.