Campaña IRPF 2026: Todo lo que necesitas saber (Explicado fácil)
Sabemos que hablar de impuestos, la DGI y declaraciones juradas puede ser un dolor de cabeza. Por eso, armamos esta guía súper sencilla para que entiendas qué es la Campaña de IRPF 2026 en Uruguay, si te toca hacer algún trámite, y cómo podés recuperar algo de dinero si pagás alquiler.
¡Vamos paso a paso!
🗓️ Fechas que tenés que anotar
- 26 de junio: Desde este día podés entrar a la web de la DGI o a su app móvil (usando tu Identidad Digital) y ver tu Declaración Jurada. Lo bueno es que ya viene casi todo escrito (precargada) con tus datos de 2025. Solo tenés que revisarla, confirmar si está bien o corregir si falta algo.
- ¿Necesitás ayuda por teléfono?: A partir del 26 de junio podés llamar al 1344 (opción 4), de lunes a viernes entre las 9:30 y las 15:30 horas. Te van a guiar paso a paso.
- ¿Preferís ayuda en persona?: A partir del 29 de junio la DGI atiende presencialmente. Eso sí, tenés que agendarte antes por la web o mandando un WhatsApp al 098 134400 (a partir del 26 de junio).
- ¿Cuándo cobro mi devolución?: Si presentaste tu declaración antes del día 15 del mes y te da saldo a favor, el dinero lo cobrás a partir del 28 de julio en el banco o en redes de cobranza (Abitab/RedPagos). Si la presentás después, cobrás al mes siguiente.
🤷♂️ ¿Tengo que presentar la Declaración Jurada?
Respirá hondo: la gran mayoría de los trabajadores NO tiene que presentarla.
Solo es obligatorio que la hagas si en 2025 estuviste en alguna de estas situaciones:
1. Si sos Empleado (Trabajador Dependiente)
Te toca hacer el trámite si:
- Ganaste más de $963.510 pesos nominales en todo el año (sumando todos tus sueldos antes de los descuentos), pero en diciembre no tuviste ingresos.
- Ganaste más de $963.510 nominales en el año y trabajaste para más de un jefe o empresa (esto se llama multi-ingreso).
- Si tuviste más de un jefe, no llegaste a los $963.510, pero sí pasaste los $552.384 y no le entregaste el formulario 3100 a tu empleador.
- Elegiste pagar menos de anticipo (reducción del 5%) por estar en "régimen de núcleo familiar" (parejas que declaran juntas).
(Ojo: Si trabajás en la construcción, salud o educación, por lo general se asume que sos "multi-ingreso").
2. Si trabajás por tu cuenta (Independiente)
- Si brindaste servicios (profesionales o no) fuera de una relación de dependencia y no pagaste el impuesto IRAE, sí tenés que presentarla.
3. Si tuviste otros ingresos (Rentas de Capital)
- Si ganaste dinero por cobrar alquileres o intereses, y a ese dinero no le retuvieron impuestos previamente, también te toca presentar el formulario.
🏠 Beneficio: ¡Descontá tu alquiler! (Crédito Fiscal)
Si alquilás tu casa o apartamento para vivir, podés usar esto a tu favor para que te descuenten del IRPF que pagás, o incluso para que te devuelvan dinero.
¿Qué necesitás para aprovecharlo?
- Haber pagado IRPF con tu sueldo en 2025. (Si no pagaste IRPF, no hay de dónde descontar).
- Tener un contrato de alquiler por escrito a tu nombre (no importa si ya se venció, siempre que sea mayor a un año). Tampoco importa si no está registrado o inscripto.
- Saber quién es el propietario (arrendador).
¿Cuánto te devuelven o descuentan? Te toman en cuenta el 8% de todo lo que pagaste de alquiler durante 2025.
Ejemplo rápido: Si en 2025 pagaste en total $200.000 de alquiler, la DGI te calcula un crédito de $16.000 a tu favor.
¡Importante! Para poder pedir este descuento, sí o sí tenés que presentar la declaración jurada, por más que originalmente no estuvieras obligado.
❓ Preguntas Frecuentes (FAQ)
1. ¿Cómo sé si la DGI me tiene que devolver plata o si yo le debo a ellos? Es re fácil. A partir del 26 de junio entrás a la web o a la app de la DGI con tu Identidad Digital. Ahí te va a saltar un borrador que dice automáticamente si te toca pagar o si tenés un saldo a tu favor.
2. ¿Puede hacer el trámite mi contador o gestor? ¡Sí! Podés autorizar a otra persona usando la opción "Asignación de roles" en la web de la DGI para que lo haga por vos.
3. Somos dos en el contrato de alquiler, ¿quién se queda con el descuento? Lo deciden entre ustedes (común acuerdo). Si no se ponen de acuerdo, la DGI lo divide a la mitad para cada uno.
4. ¿Qué pasa si pagué alquileres por adelantado? Solo te vale el 8% de los meses que correspondan al año 2025. Si pagaste el 2026 por adelantado, esos meses no entran ahora.
5. ¿Dónde me fijo si ya está lista mi devolución de dinero? Lo podés consultar en la web de DGI en la sección "Consulta de Devoluciones", desde su app móvil, o mandando un mensajito de WhatsApp al 098 134400.
📚 Fuentes Oficiales
Si querés leer los textos originales y más técnicos, acá te dejamos los enlaces de la DGI: